Penas de prisión para cinco acusados
La Audiencia Provincial de Alicante ha dictado sentencia contra cinco personas por delitos de prevaricación administrativa y fraude a la Administración, en el proceso conocido como caso Aguas de Calpe, vinculado a la adjudicación de las obras de renovación de la red de agua del municipio en 2004. El fallo, conocido el jueves, pone fin a una causa que se ha prolongado durante veinte años.
Las condenas de prisión oscilan entre siete y once meses. Juan Roselló Martínez, que fue concejal del PP y diputado provincial, y su cuñado Francisco Artacho Tellado recibieron once meses de cárcel, la misma pena que se impuso a Francisco Zorrilla Soriano y José Alberto Mut Noguera, ambos responsables de la gestión de Aguas de Calpe, por un delito de prevaricación en concurso con fraude. Jesús Lara Santamaría, administrador único de Obras Hidráulicas de Levante SL, fue condenado a siete meses por fraude a la Administración.
Indemnización y absolución por estafa
El tribunal obliga además a los cinco condenados a abonar de forma conjunta y solidaria una indemnización cercana a los 430.000 euros al Ayuntamiento de Calp, si bien los absuelve del delito de estafa que también reclamaba la Fiscalía. Las penas impuestas se vieron reducidas por la aplicación de una atenuante muy cualificada, al apreciar el tribunal dilaciones indebidas acumuladas a lo largo de dos décadas de tramitación.
Una adjudicación sin concurrencia
Según la sentencia, el fraude consistió en adjudicar directamente las obras a Obras Hidráulicas de Levante SL, empresa vinculada al cuñado del entonces concejal, sin permitir que concurrieran otras compañías, lo que provocó un sobrecoste que la resolución sitúa por encima del millón de euros. El texto judicial recuerda que esa sociedad carecía de experiencia en obra civil, pues hasta entonces se dedicaba al reparto de cartas y publicidad, y que había cambiado de nombre y objeto social apenas un mes antes de resultar adjudicataria, en febrero de 2004.
El proyecto, con un presupuesto global de 4.721.100 euros sin IVA, se había encomendado en un primer momento a Aguas de Calpe, sociedad participada en un 40% por el Ayuntamiento, cuya adjudicación aprobó el pleno municipal el 17 de marzo de 2004. La sentencia precisa que esa adjudicación inicial no constituye por sí misma un hecho delictivo. La financiación de la obra estaba prevista mediante una modificación tarifaria trimestral que se aplicaría durante cinco años.
En su resolución, la Audiencia calificó la actuación de los condenados como una «patente, flagrante y clamorosa ilegalidad». La sentencia no es firme y puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.