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Correos explica cómo tramitar el voto por correo en Dénia para las elecciones generales del 29 de noviembre

Correos detalla el procedimiento y los plazos para solicitar y emitir el voto por correo en Dénia ante las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026.

Redacción La Marina Times
Sábado, 10 de octubre de 2026, 14:15 · 2 min de lectura
IARedactado con ayuda de IA a partir de las fuentes citadas y revisado por la redacción. Cómo trabajamos
Correos explica cómo tramitar el voto por correo en Dénia para las elecciones generales del 29 de noviembre
La Marina Times

Los vecinos de Dénia que deseen votar por correo en las próximas elecciones generales disponen de plazo hasta el 19 de noviembre de 2026 para formalizar la solicitud, según ha informado Correos. El trámite puede realizarse de dos maneras: acudiendo en persona a una oficina de Correos con el DNI, el pasaporte o el carnet de conducir original, o bien a través de internet en la web oficial de Correos mediante certificado digital o DNI electrónico. Para quienes opten por la gestión presencial, el operador postal pone a disposición un servicio de cita previa.

Una vez registrada la petición, la Oficina del Censo Electoral verificará los datos del solicitante y tramitará el certificado correspondiente. A partir de entonces, y desde el 9 de noviembre, se iniciará el envío a los electores de las papeletas, los sobres electorales, el certificado censal y las instrucciones necesarias para completar el voto. Esta documentación deberá recogerse en persona, previa acreditación de la identidad, en el domicilio señalado por cada votante.

Cómo y cuándo depositar el voto

El plazo para depositar el voto finaliza el 25 de noviembre. El sobre debe entregarse en una oficina de Correos para su remisión certificada, un servicio gratuito; no se admite introducirlo en un buzón ordinario. La jornada de votación presencial para quienes no hayan optado por esta vía será el 29 de noviembre.

Correos advierte de una circunstancia relevante para quienes inicien el proceso: en cuanto la solicitud de voto por correo queda aceptada, el elector pierde la posibilidad de acudir a votar presencialmente el día de las elecciones, incluso si finalmente no llega a enviar su voto por este cauce.

Fuentes

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